El hombre, en la superficie de la tierra, no tiene derecho a dar la espalda e ignorar lo que sucede en el mundo.

Fiódor Dostoievski (El jugador)

miércoles, 5 de noviembre de 2008

¿Protección del menor?

El supuesto asesino de la joven de Ripollet, cumplirá un máximo de 8 años de reclusión: este es el precio de segar bestial y despiadadamente una vida de 14 años.

Es incomprensible que un crimen tan execrable le resulte tan barato al asesino; constituye un auténtico dislate que la ley de protección del menor tan sólo salvaguarde al criminal y deje desamparadas a las víctimas.

Quizás, sería una buena ocasión para replantearse esta ley.

7 comentarios:

Juan Antonio González Romano dijo...

La ley del mehnor es totalmente buenista; el pensamiento políticamente correcto considera a los jóvenes hasta los 18 como seres disneificados, suaves corderillos cuando no víctimas de algo. En efecto, también esta ley habría que revisarla. Pero el PSOE no parece darse por enterado y si lo hace el PP le vendrán críticas de todo tipo, así que...

Anónimo dijo...

El endurecimiento de las penas siempre es una cuestión controvertida, máxime cuando el objetivo de las penas es la prevención y la resocialización. ¿El chico habría asesinado de saber que le caerían más años? Seguramente sí, porque cuando cometió el crimen posiblemente no estaría calculando la cantidad de años que pasaría a la sombra y evaluando si merecía la pena. ¿Tenerlo más años en prisión sería mejor escarmiento y aprendizaje para no volver a repetirlo? Sería sólo mayor castigo, porque lo que no se aprenda en 8 años, tampoco se va a aprender en 15.

Por tanto, el endurecimiento de las condenas sólo sirve si entendemos la pena como mero castigo, y tal vez para nada más haya servido hasta ahora. En los delitos de sangre es aún más patente. ¿Acaso el que mata a su mujer se detiene a pensar en la que le va a caer? Ni aun que le cayeran 100 años cambiaría de idea. Ahora, si lo que queremos es tener a ese tío en la celda de por vida, subamos la pena de prisión hasta el siglo.

Alfredo Oliva dijo...

En efecto, hay datos que indican que el endurecimiento de las penas a menores en USA llevó aparejado un aumento de la delincuencia juvenil, y no una disminución, como cabía esperar. La causa es que en la adolescencia el cerebro -concretamente la corteza prefrontal- dista mucho de estar madura, y eso supone una mayor impulsividad. Como se indica en el comentario anterior, los adolecentes no van a tener presente la probable pena a la hora de cometer el delito. Por eso son tan ineficaces las campañas que tratan de prevenir las conductas de riesgo proporcionando información: la "hot cognition" tiene unos componentes muy poco racionales, y muy emocionales (cosas del sistema mesolímbico, muy excitado a causa de la pubertad). A favor de las medidas rehabilitadoras, se puede decir que el cerebro adolescente es aún muy plástico y moldeable, y una experiencia carcelaria lo va a moldear en un sentido poco favorable, y una experiencia en un ambiente rehabilitador lo moldeará en otro sentido más adecuado para los intereses de la sociedad, y no sólo del chaval. Los adolescentes, afortunadamente, son muy recuperables.
No obstante, en los casos de delitos excepcionales, tal vez convendría endurecer las sanciones.

Un saludo

Juan Carlos Garrido dijo...

Tendemos a pensar que el objetivo primordial de las penas es disuadir al potencial delincuente; es cierto que este hecho también es un objetivo, pero no debemos olvidarnos que el objetivo fundamental de la pena es, por una parte, castigar al malhechor, y por otra, proteger al resto de la sociedad de los criminales.

Creo que en este caso, ocho años por una vida, ni se castiga ni se protege.

Anónimo dijo...

Sombras Chinescas: no es que yo tenga tendencia a pensar, es que lo dice la Constitución, en su art. 25.2, que la finalidad de las penas es la reeducación y socialización. También lo establece la L.O.Gral Penitenciaria. Y, lo demás, son adyacentes o herramientas para llevarlo a cabo: se separa el individuo de la sociedad para llevar a cabo las medidas de recuperación. Otra cosa es que eso se consiga...

Ahora, si queremos penas con la finalidad principal de castigar y "separar", entonces habría que empezar por modificar la Carta Magna. En ese sentido, me pregunto qué castigo sería proporcionado al asesinato. ¿Cuántos años de cárcel para resarcir el daño? Los allegados a las víctimas dirían que toda la vida. En atención a la justicia retributiva, no se me ocurre castigo con mayor equivalencia al delito de matar que la propia muerte del homicida. La Ley del Talión, sale mucho más barato que alimentar, vestir y dar refugio a los descarrilados.

Juan Carlos Garrido dijo...

Efectivamente, así es: sería inconcebible que la carta magna dijese otra cosa.

Pero ya vamos siendo lo bastante mayores como para no confundir la realidad con nuestros deseos, y no creo que nadie, que no sea un iluso integral, piense sinceramente que la carcel sirva, ni siquiera un ápice, para la reeducación y la socialización, sino más bien para justo lo contrario.

Y lo que también es cierto es que a nadie le gusta estar en la carcel, y que los que están dentro no atentan contra los que están fuera.

Por supuesto que no es una solución perfecta, pero la política debería ser el arte del pragmatismo.

Saludos.

Filisteum dijo...

Yo creo, con Beccaria, que las penas deben ser reinserción y escarmiento.

No se pierda de vista ninguna de las dos facetas.

Ni la primera, como antes, ni la segunda como ahora.

Por lo demás, creo de todo corazón que hay gente que no debe salir nunca. Mala suerte.